¿Damos un paseito por Manzanares?

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Todo cuanto vas a encontrar en él, es una muestra de cariño y admiración a un padre, MELCHOR DÍAZ-PINÉS PINÉS, uno de esos tantos padres del mundo que creen en la familia y luchan por ella, que aman a su tierra, que la trabajan y reivindican con constancia. Es posible que los manzanareños más jóvenes pudieran encontrar en el blog algunos hechos, sucesos, curiosidades, costumbres que ya han desaparecido, que quizás hayan escuchado de sus antecesores o, simplemente, que no conocen y puedan resultarles de interés.

¡Nada más, amigo/a! Gracias por estar con nosotros, con su familia y su sempiterno recuerdo.

HERMANADAS.

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M A N Z A N A R E S, en La Mancha.

miércoles, 3 de julio de 2019

218). RELATOS PEDRO VILLARROEL. MANZANARES 1912: EL MARQUESADO…CONTRA EL CONDADO.

Mi querido amigo, comienza D. Cosme el relato, pareciera que cada comienzo de siglo fuesen característicos de Manzanares algunos conflictos locales de gran enjundia, que quedarían inscritos para siempre en la magnífica historia de este pueblo. Así, continua, hemos conocido ya las cuitas y juicios habidos en torno a regantes y molineros a principios del Siglo XVII; como también, por aquellos primeros años de esa centuria, los conflictos y juicios entre el concejo y la Iglesia, contra los entalladores del retablo mayor de la Catedral y los obreros que habían de construir ese magnífico faro de la Mancha que es, hoy día, la Torre de nuestra Iglesia; y los que se tuvieron en torno a la fiesta de la Zuiza del año 1600…

Pero es que, en los inicios del siglo XVIII, también hubo un enorme conflicto, suscitado entre los vecinos de la villa y su Alcalde Mayor, a cuenta del reclutamiento de algunos paisanos para nutrir a las milicias borbónicas...

Y este siglo decimonónico, a sus inicios, no fue menos en cuanto a conflictos de gran enjundia en la villa de Manzanares, prosigue D. Cosme.. Ya hemos conocido, continua, que, en los dos primeros años de ese siglo, el Pastor de nuestra Iglesia, Frey Sotomayor, pleiteó con el Comendador de Manzanares, Infante Antonio Pascual…y, en este relato, le comentaré otra disputa famosa habida en Manzanares, que se concretó en un juicio desarrollado en el año 1804 entre el Marques de Salinas y el Conde de Casa Valiente. La nobleza de la villa, prosigue D. Cosme, asistió atónita y preocupada a esta disputa, pues se fundamentaba en un acuerdo de permutación patrimonial, que era muy frecuente por entonces en el Reino, y que consistía en ceder la administración de un determinado patrimonio, por parte de un propietario que no vivía en la villa, a otro hacendado de la villa que, viviendo allí, podía hacerse cargo de la administración del citado patrimonio. Como las condiciones de este tipo de acuerdos eran parecidas, es lógico que algunos nobles de Manzanares, que mantenían, entre si, similares acuerdos a los del Marqués de Salinas y el Conde de Casa Valiente, siguieran con cierta inquietud y expectación el desarrollo del pleito, por aquello de la posible jurisprudencia sobrevenida que pudiera afectarles en el futuro a ellos. 

La gente plebeya del pueblo, sin embargo, o bien estaba al margen de lo que sucedía, pues ya tenían más que bastante con sus tareas de sol a sol en el campo, con sus trabajos artesanales, o con sus labores en el incipiente entramado industrial de la villa…o, a lo más, los que tenían alguna relación con cualquiera de las casas en conflicto, aparte de ese desdén común por los intríngulis de lo que pasaba durante el juicio, no estaban exentos de cierta incomodidad y desasosiego, ante la posibilidad que el resultado del proceso, terminase afectando negativamente a sus empleos, si es que su patrono salía perjudicado del mismo en su pecunio patrimonial. Todo lo que daría origen a este juicio, había comenzado, sigue D. Cosme, en el siglo anterior, corriendo el año de 1765, cuando el entonces propietario del Marquesado de Salinas, D. Thomás Chacón de Narvaez, se presentó ante el escribano de Madrid, Don Manuel Gómez Guerrero, y tras identificarse como vecino de la ciudad de Palermo en Sicilia, … “declarándose poseedor legítimo de los patronatos, vínculos y mayorazgos, fundados por los Salinas y Chacones de Manzanares, por falta de herederos de mayor derecho, y valiéndose de su amistad con D. Pedro-Josef Pérez Valiente, cedió para siempre jamás a dicho D. Pedro Josef y sus sucesores los derechos expresados a cambio de la renta de 22.588 reales de vellón al año”. 

Plaza de la Constitución, 1916.

Años después, sigue D. Cosme, a fecha de 31 de Julio de 1783, y ante el mismo escribano, D. Manúel Gómez Guerrero, D. Pedro Josef Pérez Valiente, intentó apuntalar lo máximo posible el acuerdo inicial con una nueva escritura en la que certificaba la entrega de 550.000 reales de vellón al patrimonio siciliano del Marques de Salinas, a cambio de retener para si las propiedades del marquesado en Manzanares, que, en todo caso, quedaba usufructuada al citado marqués de Salinas, quien seguía residiendo en Sicilia. Tras esta nueva escritura, prosigue D. Cosme, y consecuente a ella, comenzó la historia de la familia del condado Valiente en Manzanares.. El hijo de D. Pedro-Josef, que a la sazón respondía al nombre de Pedro Ignacio Pérez Valiente, y que había contraído matrimonio en La Solana con Doña Catalina Antolinez, obtuvo de su padre el título de Conde de “Casa Valiente” en 1789, y se trasladaría desde el domicilio familiar de La Solana a Manzanares, yendo a vivir a la mansión del marquesado de Salinas de la Calle del Carmen., para administrar todo el gran patrimonio del citado marquesado en la villa de Manzanares…patrimonio que se concretaba en;… “Más de dos mil fanegas de tierra, varias casas, quiñones, huertas, viñas, quinterías y molinos; tres fincas de olivos; un pozo de nieve; una tahona y un polear, incluyendo, además, un capital de censo contra los propios de la villa y los patronatos de algunas capellanías, así como, la capilla mayor del convento de Carmelitas Descalzos y la de Santa Teresa en la Catedral de Manzanares”…

En la nueva escritura, dice D. Cosme, se comentaba que la entrega dineraria se hacía:. “para que los respectivos primogénitos de ambas familias les quede un monumento fijo de constante correspondencia”,.. y también se especificaba que la familia Pérez Valiente venía obligada a pagar a la familia Salinas…. “la cantidad de 1.200 reales de vellón en fechas de San Juan y de Navidad de cada año, a partir de la fecha del acuerdo”,... añadiéndose que se hacía así:…“para seguridad, quietud y perpetua armonía de ambas familias, siguiendo en la constante amistad con que empezaron y continúan”… y que se confiaba en:.. “la buena unión que se debe esperar de ´personas tan condecoradas y caracterizadas”… 
Casa Marqueses de Salinas.

Pero claro, amigo cronista, continua D. Cosme, la conciencia de lo propio es muy muy poderosa en la humana naturaleza y, a pesar de tanta precaución y providencia, lo cierto es que ambas escrituras, como era habitual en esos trueques de patrimonios nobiliarios, contenían siempre unas claúsulas que permitían el cese o la ruptura del pacto, en aras a mantener incólume y posible la precitada conciencia de lo propio, concluye su reflexión, entre sarcástico y solemne, D. Cosme…En esas claúsulas referentes al pacto entre los Salinas se venía a decir que el acuerdo se mantendría… “mientras algún sucesor de la línea de Sicilia no reclamase para si el Patrimonio del Marquesado de Manzanares” …añadiéndose que, si eso sucediese, si se rescindiese el pacto por la voluntad del Marquesado de Salinas… ”fuese electivo para los de Pérez Valiente tomar la imposición de Sicilia u otra equivalente a 550.000 reales en España” .
Y como quiera que eso, la rescisión del pacto, fue justamente lo que sucedió -continua su diserto D. Cosme-, a muy primeros de ese Siglo decimonónico, concretamente en el año 1804, cuando el Marques de Salinas de entonces, decidió de motu propio hacer uso legítimo de la claúsula que le permitía recuperar su patrimonio manzagato, pues a la ya viuda y heredera de D. Pedro Josef Pérez Valiente, a la sazón, Doña Francisca Brost y Varona, no le quedó otra que acordar con el Marques de Salinas la devolución del patrimonio que hasta esa fecha había administrado la familia Pérez Valiente en la villa de Manzanares de La Mancha...En tanto que ella, la viuda, deshecha la citada permuta, recuperaba para sí, y con el destino que darle quisiera, los reales de vellón que, por el susomentado acuerdo, rellenaban las arcas sicilianas de los Salinas, concluye jocoso D. Cosme. 

Todo esto quedó plasmado en una nueva escritura, de fecha 5 de diciembre de 1804, ante el corregidor de la villa y corte de Madrid, D. Torcuato Antonio Collado, por la que el Marquesado de Salinas retomó la posesión de todo su patrimonio manzagato, algo que supuso un grave quebranto económico a la familia Pérez Valiente de la villa de Manzanares, agravado por un subsecuente pleito familiar, cuando la viuda de D. Pedro Josef, la ya citada D. Francisca Brost, negó a su hijo, D. Pedro Ignacio Pérez Valiente, los valores “reimportados” de Sicilia, lo que fue causa y razón de un nuevo y aspero proceso judicial entre la viuda y su hijo… aunque hay que saber, comenta un D. Cosme irónico y jocoso, que fue la nuera, y no el hijo, quien llevo la voz cantante en el pleito con la viuda, ya que el hijo y heredero, D. Pedro Ignacio, prefirió tomar distancia, y enfermo y meláncolico, se trasladó a vivir a Madrid, donde terminó falleciendo, en su casa de la calle Leganitos, el día dos de julio de 1807. Lo cierto fue que los 550.000 reales de vellón, recuperados de Sicilia, permanecieron en poder de la viuda, quedando la nuera “con dos palmos de narices” y sin un solo maravedie de los que se pleitearon.

Y puede usted, mi querido cronista, dar el fin a la presente, que fue por de más y de bastante, para dejar constancia de otro episodio histórico más, aunque de disputa se tratase, de los muchos que se vivieron, y aún todavía quedan por contar, en el siglo decimonónico, y en la nunca bien ponderada villa manchega de Manzanares.



lunes, 1 de julio de 2019

217). RELATOS PEDRO VILLARROEL. MANZANARES 1912: EL AYUNTAMIENTO AL INICIO DEL SIGLO XIX.



Estamos conociendo el Manzanares de la primera década del Siglo XIX, inicia D. Cosme, así, la presente crónica… y me parece oportuno contarle, querido reportero, algunas cosas de cómo era en aquel tiempo, anterior a la Guerra de la Independencia, nuestro Ayuntamiento; quienes eran sus principales actores,.. y cuales sus atribuciones, posesiones y funciones en aquellos inicios del siglo decimonónico.. 

Y lo primero que he de decirle, mi querido amigo, para entender muchas cosas al respecto, sigue D. Cosme, es que la Casa Real, mediado el Siglo XVIII, llevó a cabo en todo el Reino un proceso de recentralización del poder jurídico-civil de las regiones, ciudades y villas de España, con el objetivo de recuperar el control directo de ese poder que, hasta la llegada de la dinastía borbónica, ostentaban en gran medida las distintas Ordenes religioso-militares protagonistas de la Reconquista cristiana. En la línea de recuperación de poder, y lograr el máximo de control político-social, la administración de los Borbones, ideó para las ciudades y villas más importantes del Reino, como Manzanares, la figura del “Alcalde Mayor” que, a diferencia de los actuales alcaldes, era designado directamente por el Rey, de entre los abogados de los “Reales Consejos”… el elegido, debía ser… “Persona de inteligencia, práctica y experiencia”…y que, durante el tiempo que durase su cargo, tenía que residir en el lugar del que era alcalde “sin hacer más ausencia que por ley se le permite….y no entrar en mi corte sin licencia mía o del presidente o del gobernador de mi Consejo de las Ordenes y que cumpla y guarde puntualmente el tenor de los capítulos de la instrucción inserta en la real cédula de 15 de Mayo de 1788”….

Para garantizar mejor su imparcialidad, y una mayor libertad de acción en el desempeño del cargo, el electo no podía ser vecino o paisano de la ciudad o la villa, El cargo era fijado en un plazo de seis años, al término de los cuales, automáticamente cesaba.. y, como curiosidad, quedaba sometido a lo que se conocía como “juicio de residencia”, tiempo en que cualquier vecino de la villa podía reclamarle o darle quejas, a las que el cesante estaba obligado a responder. Para garantizar respuesta satisfactoria a cualquiera de esas quejas, al momento de iniciar su alcaldía, el elegido depositaba una fianza (“en metálico o en hipoteca o especia de lo propio”, que fuese bastante en opinión del concejo)... Si no existían quejas, o cuando quedaban resueltas a satisfacción, el cese se hacía efectivo y, si se estimaba, se le trasladaba a otra villa, en las mismas condiciones... 

El Alcalde Mayor, aparte esa forma directa de nombramiento, tenía definidas funciones distintas a las de los alcaldes que hoy conocemos, continua D. Cosme. En lo principal, ostentaba la funciones de: … “los oficios de alcaydia y alguacilazgo… oír, librar y determinar los pleitos, causas civiles y criminales…, haciendo a las partes justicia”… Es decir, sigue D. Cosme, para terminar su aclaración, el Alcalde Mayor tenía más las funciones de un juez, que las de un alcalde, tal como hoy día entendemos ese papel. Ejercía, además, una función de controlador social de las cosas y problemas de las villa, de las que informaba directamente al Rey, a modo de lo que hoy es el gobernador civil. Un enlace directo con el Rey que, muchas veces, suscitaba recelos entre los regidores del concejo y personas influyentes de la villa, que se sentían controlados, precisamente lo pretendido por la realeza. 

Y es que, me dice D. Cosme, hasta esta nueva estructura del poder local, los concejos de la villa eran controlados, en sus relaciones con los Consejos de las Ordenes, en un ámbito más local o regional, y con responsables más próximos y reconocibles, algunos de ellos parientes o vecinos de la propia villa... Esta fórmula era una forma de administración de las cosas más próxima e inmediata, pero con más posibilidades de nepotismo o enchufismos, además de ser mucho más opaca a la administración real... algo que la monarquía quería cambiar para aumentar sus réditos… sin duda, el principal objetivo del Reino de España, cuando decidió crear la figura de los Alcaldes Mayores”. 

En Manzanares, a primeros años del siglo XIX, el Alcalde Mayor era D. Josef Jorge del Molino y Torres, quien había accedido al cargo en Octubre de 1799, solo meses después de la llegada a la villa de Frey D. Pedro Alvarez de Sotomayor… y ya se barruntará ud, me dice un socarrón D. Cosme, que alguna cosa se le ocurriría, a nuestro inteligente párroco, al respecto del nuevo Alcalde Mayor de Manzanares, para utilizarla a favor de sus argumentos, tanto en lo que tuvo que ver con su estrategia para asentarse en la villa de Manzanares, como en el litigio que mantuvo con el Comendador, a cuenta de las congruas parroquiales. En ese sentido, Sotomayor, se encargó enseguida de establecer una muy buena y constante relación de complicidad con el nuevo Alcalde, lo que el párroco justificó en su entorno próximo como algo muy razonable entre dos autoridades recién llegadas a la villa, con muy escaso conocimiento de sus cosas y costumbres…. 


Pero Sotomayor, como todo el que tuviese algo de perspicacia, sigue D. Cosme, sabía que los Alcaldes Mayores ejercían de “controladores” del poder local en cualquier villa o ciudad que estuvieran; y, eso, en Manzanares, equivalía al control de la Encomienda; desde el Comendador, hasta cualquiera de sus peones o valedores, lo que incluía a gran parte de los ediles del Concejo de la villa… y no ajeno, ni mucho menos, a esa realidad político-social del momento, nuestro inteligente pastor la utilizó para sus fines. El nuevo Alcalde Mayor, seducido por Sotomayor, le tomó un gran afecto personal, y capitaneó con su firma la carta en que se hacia la petición al Rey para que D. Pedro, cuando fue nombrado Rector del Colegio Mayor de la Orden Calatrava en Salamanca, al poco de su llegada a nuestra villa, permaneciese en Manzanares. 

Por otro lado, en el juicio de Frey Sotomayor contra el Comendador, Infante D. Antonio Pascual, a cuenta de las congruas parroquiales, se produjo lo que pretendía Sotomayor, el Alcalde Mayor de Manzanares, D. Jorge del Molino, declaró a su favor; en tanto, y como era de esperar también, varios de los ediles o Regidores, con intereses comunes a la Encomienda e, incluso, alguno de ellos, “colocado” en el Ayuntamiento por el propio Comendador, declararon a favor de éste… y, por tanto, en contra de su propio Alcalde Mayor… algo que, desde luego, no pasó inadvertido al Tribunal, sino que, muy probablemente, fue trascendente en la toma de decisión final, ya que el Alcalde Mayor era en las villas de entonces, como sabemos -continua D. Cosme- una especie de regente para el control socio-jurídico de las cosas y las causas que hubieran en cualquiera de los lugares del Reino donde ejercían su labor… y, por tanto, si en un juicio se decantaban hacia uno de los contendientes, las posibilidades de esté se incrementaban muchísimo… Siguiendo con el conocimiento de las personas que formaban por entonces, a comienzos del XIX, un Ayuntamiento…en Manzanares, como en cualquier otra villa, los édiles actuales se llamaban Regidores; éstos sí, elegidos por, y entre, los paisanos, pero divididos en dos grupos de electores… unos eran representantes del “estado noble”; y otros del “estado plebeyo”. 

A finales de 1800, en Manzanares era Regidor decano perpetuo y Regente de la Real Jurisdicción, Don Luis Díaz Pallarés, quien sustituía al Alcalde Mayor en sus funciones, cuando estaba ausente …Otros Regidores de entonces en Manzanares, sigue D. Cosme, eran: D. Juan Fernández Caballero, D. Rafael Antonio Ximeno, D. Julian de Sandoval, D. Josef Vázquez Serrano y D. Matías González Elipe Las funciones del Ayuntamiento en 1800 se limitaban a la administración de las tasas y los impuestos. En aquel tiempo el Concejo no intervenía en cosas poco desarrolladas en la práctica por entonces; como: alumbrado, limpieza, pavimentación, control de aguas potables, sanidad, cultura, etc…. Sin embargo, los Ayuntamientos, antes del proceso desamortizador de Mendizabal, eran propietarios de bastantes “bienes propios”. Por ej, sigue D. Come, en Manzanares, y de tipo inmobiliario, esos “bienes propios”, incluían la Casa Consistorial, la cárcel (en la calle de igual nombre), las casas de la “Carnicería, del Peso y Reventa” en la Plaza Pública; el Pósito (en la calle de ese nombre) y el “Corral del Concejo”, un inmueble que estaba ubicado al final de la calle Ancha. 


En el término municipal, el Ayuntamiento, además, era propietario de las tierras del llamado “Monte viejo”, cuyos réditos de producción recalaban en el Pósito; también la dehesa de Matamediana, utilizada por el Ayuntamiento, en arrendamiento, para “invernadero” del ganado; el “Monte de La Mancha” cuyos pastos eran destinados para ganado de abasto público, y unas 12 majadas: laborables o de pastos...

Como otras curiosidades, dignas de conocerse, me comenta sonriente D. Cosme, el Ayuntamiento tenía a su cargo, en los primeros años del siglo XIX, los gastos de las fiestas de San León y de la Candelaria, así como el mantenimiento y reparos de la ermita de San Antón, que eran de propiedad pública y no eclesial… También, quedaban a su cargo cosas tan pintorescas y diferentes, como: los sueldos del maestro del coro de la Parroquia, del “predicador de cuaresma”, del “sermón de la santa bula”, las rogativas, limosnas para los “pobres de solemnidad, cristianos nuevos y los santos lugares de Jerusalen”… y, en un ámbito más “civil”:.. el mantenimiento de las veredas y el del propio Consistorio y demás inmuebles propios, así como los gastos del “amojonamiento” del término municipal; los pagos del papel sellado y del correo del Ayuntamiento; un agente comercial destacado en Madrid para seguir el curso de los negocios propios; otro asesor-administrador de negocios propios, destacado en la villa; los gastos de la Audiencia dedicada a la Mesta, un pregonero y un escribano, que a la sazón, en 1800, era D. Bartolome Gómez Pardo. 

 Y puede usted ya, mi querido plumilla, apostilla D. Cosme, dar por concluida esta crónica, que sirvió para dar cuenta de cosas y personas relevantes del Ayuntamiento de la insigne villa de Manzanares, allá por los albores del siglo decimonónico.