Mi
querido amigo, comienza D. Cosme el relato, pareciera que cada comienzo de
siglo fuesen característicos de Manzanares algunos conflictos locales de gran
enjundia, que quedarían inscritos para siempre en la magnífica historia de este
pueblo. Así, continua, hemos conocido ya las cuitas y juicios habidos en torno
a regantes y molineros a principios del Siglo XVII; como también, por aquellos
primeros años de esa centuria, los conflictos y juicios entre el concejo y la
Iglesia, contra los entalladores del retablo mayor de la Catedral y los obreros
que habían de construir ese magnífico faro de la Mancha que es, hoy día, la
Torre de nuestra Iglesia; y los que se tuvieron en torno a la fiesta de la
Zuiza del año 1600…
Pero es que, en los inicios del siglo XVIII, también hubo un enorme conflicto, suscitado entre los vecinos de la villa y su Alcalde Mayor, a cuenta del reclutamiento de algunos paisanos para nutrir a las milicias borbónicas...
Y este siglo decimonónico, a sus inicios, no fue menos en cuanto a conflictos de gran enjundia en la villa de Manzanares, prosigue D. Cosme.. Ya hemos conocido, continua, que, en los dos primeros años de ese siglo, el Pastor de nuestra Iglesia, Frey Sotomayor, pleiteó con el Comendador de Manzanares, Infante Antonio Pascual…y, en este relato, le comentaré otra disputa famosa habida en Manzanares, que se concretó en un juicio desarrollado en el año 1804 entre el Marques de Salinas y el Conde de Casa Valiente. La nobleza de la villa, prosigue D. Cosme, asistió atónita y preocupada a esta disputa, pues se fundamentaba en un acuerdo de permutación patrimonial, que era muy frecuente por entonces en el Reino, y que consistía en ceder la administración de un determinado patrimonio, por parte de un propietario que no vivía en la villa, a otro hacendado de la villa que, viviendo allí, podía hacerse cargo de la administración del citado patrimonio. Como las condiciones de este tipo de acuerdos eran parecidas, es lógico que algunos nobles de Manzanares, que mantenían, entre si, similares acuerdos a los del Marqués de Salinas y el Conde de Casa Valiente, siguieran con cierta inquietud y expectación el desarrollo del pleito, por aquello de la posible jurisprudencia sobrevenida que pudiera afectarles en el futuro a ellos.
La gente plebeya del pueblo, sin embargo, o bien estaba al margen de lo que sucedía, pues ya tenían más que bastante con sus tareas de sol a sol en el campo, con sus trabajos artesanales, o con sus labores en el incipiente entramado industrial de la villa…o, a lo más, los que tenían alguna relación con cualquiera de las casas en conflicto, aparte de ese desdén común por los intríngulis de lo que pasaba durante el juicio, no estaban exentos de cierta incomodidad y desasosiego, ante la posibilidad que el resultado del proceso, terminase afectando negativamente a sus empleos, si es que su patrono salía perjudicado del mismo en su pecunio patrimonial. Todo lo que daría origen a este juicio, había comenzado, sigue D. Cosme, en el siglo anterior, corriendo el año de 1765, cuando el entonces propietario del Marquesado de Salinas, D. Thomás Chacón de Narvaez, se presentó ante el escribano de Madrid, Don Manuel Gómez Guerrero, y tras identificarse como vecino de la ciudad de Palermo en Sicilia, … “declarándose poseedor legítimo de los patronatos, vínculos y mayorazgos, fundados por los Salinas y Chacones de Manzanares, por falta de herederos de mayor derecho, y valiéndose de su amistad con D. Pedro-Josef Pérez Valiente, cedió para siempre jamás a dicho D. Pedro Josef y sus sucesores los derechos expresados a cambio de la renta de 22.588 reales de vellón al año”.
Plaza de la Constitución, 1916. |
Años después, sigue D. Cosme, a fecha de 31 de Julio de 1783, y ante el mismo escribano, D. Manúel Gómez Guerrero, D. Pedro Josef Pérez Valiente, intentó apuntalar lo máximo posible el acuerdo inicial con una nueva escritura en la que certificaba la entrega de 550.000 reales de vellón al patrimonio siciliano del Marques de Salinas, a cambio de retener para si las propiedades del marquesado en Manzanares, que, en todo caso, quedaba usufructuada al citado marqués de Salinas, quien seguía residiendo en Sicilia. Tras esta nueva escritura, prosigue D. Cosme, y consecuente a ella, comenzó la historia de la familia del condado Valiente en Manzanares.. El hijo de D. Pedro-Josef, que a la sazón respondía al nombre de Pedro Ignacio Pérez Valiente, y que había contraído matrimonio en La Solana con Doña Catalina Antolinez, obtuvo de su padre el título de Conde de “Casa Valiente” en 1789, y se trasladaría desde el domicilio familiar de La Solana a Manzanares, yendo a vivir a la mansión del marquesado de Salinas de la Calle del Carmen., para administrar todo el gran patrimonio del citado marquesado en la villa de Manzanares…patrimonio que se concretaba en;… “Más de dos mil fanegas de tierra, varias casas, quiñones, huertas, viñas, quinterías y molinos; tres fincas de olivos; un pozo de nieve; una tahona y un polear, incluyendo, además, un capital de censo contra los propios de la villa y los patronatos de algunas capellanías, así como, la capilla mayor del convento de Carmelitas Descalzos y la de Santa Teresa en la Catedral de Manzanares”…
En la nueva escritura, dice D. Cosme, se comentaba que la entrega dineraria se hacía:. “para que los respectivos primogénitos de ambas familias les quede un monumento fijo de constante correspondencia”,.. y también se especificaba que la familia Pérez Valiente venía obligada a pagar a la familia Salinas…. “la cantidad de 1.200 reales de vellón en fechas de San Juan y de Navidad de cada año, a partir de la fecha del acuerdo”,... añadiéndose que se hacía así:…“para seguridad, quietud y perpetua armonía de ambas familias, siguiendo en la constante amistad con que empezaron y continúan”… y que se confiaba en:.. “la buena unión que se debe esperar de ´personas tan condecoradas y caracterizadas”…
Casa Marqueses de Salinas. |
Pero claro, amigo cronista, continua D. Cosme, la conciencia de lo propio es muy muy poderosa en la humana naturaleza y, a pesar de tanta precaución y providencia, lo cierto es que ambas escrituras, como era habitual en esos trueques de patrimonios nobiliarios, contenían siempre unas claúsulas que permitían el cese o la ruptura del pacto, en aras a mantener incólume y posible la precitada conciencia de lo propio, concluye su reflexión, entre sarcástico y solemne, D. Cosme…En esas claúsulas referentes al pacto entre los Salinas se venía a decir que el acuerdo se mantendría… “mientras algún sucesor de la línea de Sicilia no reclamase para si el Patrimonio del Marquesado de Manzanares” …añadiéndose que, si eso sucediese, si se rescindiese el pacto por la voluntad del Marquesado de Salinas… ”fuese electivo para los de Pérez Valiente tomar la imposición de Sicilia u otra equivalente a 550.000 reales en España” .
Y como quiera que eso, la rescisión del pacto, fue justamente lo que sucedió -continua su diserto D. Cosme-, a muy primeros de ese Siglo decimonónico, concretamente en el año 1804, cuando el Marques de Salinas de entonces, decidió de motu propio hacer uso legítimo de la claúsula que le permitía recuperar su patrimonio manzagato, pues a la ya viuda y heredera de D. Pedro Josef Pérez Valiente, a la sazón, Doña Francisca Brost y Varona, no le quedó otra que acordar con el Marques de Salinas la devolución del patrimonio que hasta esa fecha había administrado la familia Pérez Valiente en la villa de Manzanares de La Mancha...En tanto que ella, la viuda, deshecha la citada permuta, recuperaba para sí, y con el destino que darle quisiera, los reales de vellón que, por el susomentado acuerdo, rellenaban las arcas sicilianas de los Salinas, concluye jocoso D. Cosme.
Todo esto quedó plasmado en una nueva escritura, de fecha 5 de diciembre de 1804, ante el corregidor de la villa y corte de Madrid, D. Torcuato Antonio Collado, por la que el Marquesado de Salinas retomó la posesión de todo su patrimonio manzagato, algo que supuso un grave quebranto económico a la familia Pérez Valiente de la villa de Manzanares, agravado por un subsecuente pleito familiar, cuando la viuda de D. Pedro Josef, la ya citada D. Francisca Brost, negó a su hijo, D. Pedro Ignacio Pérez Valiente, los valores “reimportados” de Sicilia, lo que fue causa y razón de un nuevo y aspero proceso judicial entre la viuda y su hijo… aunque hay que saber, comenta un D. Cosme irónico y jocoso, que fue la nuera, y no el hijo, quien llevo la voz cantante en el pleito con la viuda, ya que el hijo y heredero, D. Pedro Ignacio, prefirió tomar distancia, y enfermo y meláncolico, se trasladó a vivir a Madrid, donde terminó falleciendo, en su casa de la calle Leganitos, el día dos de julio de 1807. Lo cierto fue que los 550.000 reales de vellón, recuperados de Sicilia, permanecieron en poder de la viuda, quedando la nuera “con dos palmos de narices” y sin un solo maravedie de los que se pleitearon.
Y puede usted, mi querido cronista, dar el fin a la presente, que fue por de
más y de bastante, para dejar constancia de otro episodio histórico más, aunque
de disputa se tratase, de los muchos que se vivieron, y aún todavía quedan por
contar, en el siglo decimonónico, y en la nunca bien ponderada villa manchega
de Manzanares.
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