Pues si, mi
querido reportero, comienza D. Cosme el relato… incluso en países como España,
donde los gobiernos civiles y religiosos han estado muy interrelacionados a lo
largo de su historia, defendiendo muchas veces intereses comunes.. es de
considerar que aunque la Iglesia tiene como principal objetivo el cuidado de
los espíritus, no ha dejado ser una constante su determinación en la defensa a
ultranza de sus intereses terrenales… y su enfrentamiento, si preciso resultase,
con los poderes civiles que controlaban esos asuntos mundanos, dice con
indisimulada socarronería D. Cosme... Y este tema, continua, será el meollo del
relato, y lo título con una frase conocida del Quijote, que lo evoca muy bien…
El siglo ilustrado, como va de sabido, continua D. Cosme, supuso una revolución
de las conciencias y del pensamiento que, entre otras cosas, comenzó a separar
en todos los grupos humanos de Europa el mundo civil del religioso, al menos en
cuanto a espacios y competencias… las terrenales empezaron a quedar, cada vez
más, bajo la gobernanza del poder civil, mientras que el poder eclesiástico
empezó a ver restringido su campo al ámbito puramente religioso y
espiritual…Esto sucedió también en España, continua D. Cosme, donde esa
separación de poderes se inició por una circunstancia concreta, la guerra de
sucesión, a primeros del Siglo Ilustrado, como enseguida veremos.. Ciertamente,
sigue, la Iglesia, a lo largo de su historia, ha sabido hacer valer su solidez,
antigüedad e ideas claras y propias, en todo lo que concierne a sus relaciones
con los poderes civiles, siendo especialmente eficaz en el mantenimiento
ventajoso, para si misma, de sus patrimonios mundanos, cuando esos poderes civiles,
en base a las nuevas formas políticas y legales, incorporadas por el
pensamiento ilustrado, intentaban recabar impuestos o competencias a los
poderes religiosos.
El Reino de España, a pesar de su claro carácter
confesional, sigue D. Cosme, en aquel Siglo de las luces, tuvo sombras y
grandes polémicas con la Iglesia, que sin duda merecen ocupar un relato… La
primera de ellas, sucede al principio de la centuria, en la guerra de sucesión
española, como ya le dije antes. El Vaticano apoyó al inicio de ella al
archiduque Carlos, por lo que las relaciones entre la Santa Sede y la corte
castellana de Felipe V se rompieron totalmente… En ese tiempo, sin embargo, una
circunstancia de la guerra lo cambió todo, Roma fue ocupada por las fuerzas de
Felipe V, lo que aprovechó el primer Rey Borbón para lograr un acuerdo con el
Vaticano en septiembre de 1737, con la firma de un Concordato, ventajoso para
su corona, entre los representantes del Papa Clemente XII y los del propio
Felipe V,.
El Concordato, comenta D. Cosme, contempló importantes
compensaciones económicas de la Iglesia para con el Reino, impensables de todo
punto solo unos años antes, A cambio, Felipe V, normalizaba sus relaciones con
la Iglesia, asumía la naturaleza católica de su Reino y se comprometía a reabrir
la Nunciatura. En sus estipulaciones, se reconocía al poder civil el derecho a
gravar impuestos a las propiedades eclesiásticas y a los miembros de su clero,
igual que a los particulares,.. incluyendo todas las compras y donaciones que
se hicieran a la Iglesia, desde el día de la firma del concordato… Esto permitía
al Reino mayor recaudación y más equitativa, combatir el fraude de simular
transacciones o donaciones inexistentes a la Iglesia, o impedir constitución de
patrimonios falsos a nombre de personas del clero que no pagaban impuestos. En
ese contexto, quince años después de firmarse el concordato, continua D. Cosme,
el inventario catastral del Marqués de la Ensenada, fue la primera oportunidad
del poder civil para conocer realmente el patrimonio de la Iglesia española y
su clero…y también probar cual sería su respuesta y actitud ante las nuevas y
recientes obligaciones tributarias.
Marqués de la Ensenada. |
A pesar de la nueva norma, la Iglesia y su
clero siguió teniendo del Reino de España un trato diferenciado, declarando y
recogiéndose sus datos, aparte de los que dieron los civiles.. Hay que
recordar, sigue D. Cosme, que la Iglesia en España era, entonces, muy poderosa
e influyente, con un gran número de personas en su seno, aproximadamente, un 3
% de la población total. La Iglesia controlaba el 10 % de la cabaña ganadera y
el 15 % de la tierra cultivable del reino, generalmente la más fértil. Además,
percibía numerosas rentas de los diezmos, fundaciones y patronatos. Es decir,
concluye un D. Cosme jocoso y sarcástico, no parece que el “voto de pobreza”
estuviera vigente en la Institución eclesial española ni en su clero...
Y todo
ese patrimonio, hasta el concordato, no tributaba impuesto alguno. Así pues,
era previsible una cierta resistencia de la Iglesia y su clero a la nueva
situación, Y, sigue D. Cosme, para lo que aquí, en estos relatos, nos convoca,
que es Manzanares, voy a contarle lo que ocurrió… En Manzanares, los datos del
Catastro de Ensenada, nos hablan de unos 50 curas en la villa, que para los más
o menos 5.700 habitantes, representaba una proporción significativa, como la
que ya hemos visto existía en el Reino. El catastro, específicó propiedades,
rentas y patrimonios de la parroquia y de los curas de su clero de manera
pormenorizada.. confirmándose, vuelve a estar socarrón D. Cosme, que, aquí,
tampoco se seguía por la Iglesia y sus miembros el “voto de pobreza”. Algunos
sacerdotes eran miembros de familias nobles de la villa, y tenían patrimonios
que les etiquetaban de terratenientes…
Ya hemos visto, hace nada, sigue D.
Cosme, el caso del Presbítero D. Francisco Treviño Quesada, que si bien
compartía su fortuna con los más necesitados si se le requería, era uno de los
mayores hacendados de la villa..y, como él, otros más, poseían un rico
patrimonio… Es verdad que también teniamos curas de escasos posibles, su sotana
y poco más, comenta sonriente D. Cosme, pero la tónica era la de ser una
población que, en general, quedaba integrada entre las más desahogadas de la
villa.. No sabemos bien cual fue la respuesta de la Iglesia y el clero local a
los requerimientos impositivos que les solicitó el catastro, pero habida cuenta
que, hasta entonces, no pagaban impuestos, aquí, como en muchos otros sitios,
debió existir, por decirlo de una manera suave, vuelve a sonreír irónicamente
D. Cosme, una cierta resistencia ese año y en años sucesivos, por lo que ya le
voy a contar ahora… que comienza de la siguiente manera:.. Parece ser, sigue D.
Cosme, que apreciada esa resistencia de la Iglesia y clero manzagato por la
hacienda del Reino, este, reaccionó así: “en cumplimiento de la Real
Instrucción de Carlos III, de 29 de junio de 1760, siendo Ministro de Hacienda,
Don Leopoldo de Gregorio, Marqués de Esquilache, el Concejo de la villa de
Manzanares hizo repartimiento de reales derechos correspondiente a los
ejercicios de 1759 y 1760, incluyendo las propiedades pertenecientes a
religiosos, conventos y bienes administrados por miembros del cabildo”…. Cuando
la Instrucción se quiso aplicar, algunos religiosos, administradores de patronatos
de Manzanares, se negaron, reiteradamente, al pago de los impuestos
correspondientes, lo que motivo, sigue D. Cosme, que el Procurador Síndico de
la villa, defendiendo los intereses civiles de la villa de Manzanares, instase
al vicario eclesiástico la reclamación de lo no cobrado, en virtud del artículo
8º del Concordato…
Lejos de cumplir con lo pactado, el vicario, Juan Manuel
Carneros, implacable defensor de la espiritualidad de la villa, cuando se
cuestionó a su gran icono, el Cristo Arrodillado del Perdón, mostró similar
beligerancia y determinación en la defensa del patrimonio terrenal de su
Iglesia, prosigue jocoso, D. Cosme, y se negó al pago, aduciendo que tenía que
consultarlo con el Arzobispo de Toledo… Ante esta resistencia del cabildo,
intervino el Alcalde Mayor de Manzanares, como representante del Rey en nuestra
villa… Don Juan Antonio Pardo, que así se llamaba el interfecto, solicitó al
Real Consejo de Hacienda, en carta fechada el 25 de octubre de 1760,…
“aclaraciones sobre el cumplimiento de la Real Instrucción que obligaba a los
patronatos, fundaciones y obras pías en manos de religiosos particulares, al
pago de impuestos”... Preguntaba, además,.. “si debía incluirse entre los
contribuyentes, a los frailes con residencia en el pueblo y a los conventos
terratenientes que poseían fincas en el término”…y, por último, suplicaba al
Consejo,… “expidiera por escrito la orden correspondiente, a fin de que el
vicario no pudiera detener las reales disposiciones con dilaciones o
ambigüedades”….La respuesta se demoró más de un año, hasta que, por despacho de
9 de noviembre de 1761, don Joseph de Ribera, secretario del Real Consejo de
Hacienda, contestaba al Alcalde, en nombre del Marqués de Esquilache, que el
repartimiento de derechos reales debía incluir todos los bienes depositados…..
“en manos muertas”, en virtud del artículo 8º del citado Concordato…. Asimismo,
ordenaba: …
“Que en el repartimiento sobre bienes de patronatos … cuyos administradores
sean eclesiásticos, proceda la Justicia de la referida Va de Manzanares por si
a la cobranza en los mismos vienes o en efectos procedidos de ellos: Y qe en
repartimto sbre vienes qe por su naturaleza no sean laicales, pero que deben
sufrir contribuzon, segun la concesion del Concordato, acuda el Sindico Procuror
a pedir el apremio correspondte al respectivo parrocho en los terminos qe
dispone la Rl Instruczon"
Esquilache, el ministro más odiado de Madrid. |
Transcurrió el año 1.762 sin que se adoptaran medidas, dice D. Cosme, hasta que
el nuevo Alcalde Mayor, don Próspero Ximénez de Olasso, más decidido que su
antecesor, se hizo cargo del caso….En uso de su autoridad, y con la
determinación de hacer cumplir las instrucciones del pacto concordatario, y
también cumplir, él, con sus deberes como representante real ; en junio de
1763, ordenó a todos los escribanos de la villa que contabilizasen todas las
transacciones que los miembros del cabildo eclesiástico hubieran realizado en
los últimos años…Al tiempo, requirió con apremio a Juan Joseph Nieto, párroco
en funciones de Manzanares y rector del Cabildo, para que:…“informará de
inmediato a toda la comunidad de eclesiásticos, la conveniencia de que hicieran
declaración voluntaria de todos los arrendamientos y comercio, desde 1759, para
evitarles el tener que afrontar las costas de un proceso formal, y poder determinar
más fácilmente las cantidades que les correspondía pagar por sus tratos,
negociaciones y granjerías”.
A pesar de estas advertencias, los religiosos del cabildo siguieron dando
largas al tema, sin declarar los bienes que administraban, pensando que la cosa
iba seguir igual. Pero, a finales de julio, continua D. Cosme, el Alcalde Mayor
entregó un segundo aviso al nuevo párroco de Manzanares, Juan Francisco de Losa
Rojas, y a Juan Joseph Nieto como rector del Cabildo Eclesiástico de la villa….
La Iglesia, no se inmuto mucho, y persistió en sus artimañas para demorar el
pago de su deuda…mientras el párroco contestaba al aviso de buenas maneras y
mostrando su disposición a colaborar, el Cabildo siguió con sus maniobras
dilatorias, resistiéndose a suministrar la información referente a los bienes
administrados por los religiosos, algo, obviamente, imprescindible para poder
tasarlos.
Como, a pesar de estos repetidos avisos, esta declaración no se lograba, el
Alcalde Mayor de Manzanares, terminó por quejarse al Rey en estos términos:
“….de que sobre ese particular se embaraza por dichos presbíteros reteniendo
estas relaciones, igualmente que las de sus comercios, siendo solo meros
administradores de estas fundaciones, y que por su respuesta de primeros de
agosto nada dicen ni cumplen”. Ante semejante obstinación, el 30 de agosto, les
mandó otro aviso el Alcalde Mayor apremiándoles para su comparecencia en caso
necesario, que decía exactamente: …. “Y por lo correspondiente a Memorias,
Patronatos y obras pías de que no se puede haver ni la relación de sus fincas,
ni sus fundaciones, por parar todo en manos de dichos eclesiásticos como sus
administradores, se practicaran las diligencias que dicte la razón … y azer la
exaczion de costas a que den motivo dichos eclesiásticos por su omisión, no
obstante tan repetidas atenciones y constarles las resoluciones de S.M. en este
asunto”.
Todo un año más de pesquisas costó lograr establecer la distinción entre los
sacerdotes y ordenantes que no habían intervenido en la administración de
patronatos o donaciones, de los que sí lo habían hecho…. La resistencia y el
silencio cómplice de los religiosos se impuso como una conjura, lo que obligó
al beligerante y obstinado representante real, a utilizar tácticas de
investigación, que pasaban incluso por tomar declaración a los criados y
sirvientes, a fin de obtener información y buscar contradicciones entre los
interrogados… En ese punto, usted querido cronista, se preguntará: ¿Denunciaron
los criados a sus amos?... ¿Se logró que los eclesiásticos pagaran las
contribuciones que debían?...
Pues bien, para concluir el relato le diré que escriba usted lo siguiente: La
historia escrita de aquel tiempo en Manzanares, no permite dar una respuesta
segura a esas preguntas, ya que el expediente de aquella pugna entre el clero
local y la Hacienda pública del Reino, no se encontró nunca entre los
documentos antiguos de nuestro archivo municipal...pero, fuera como fuese, lo
importante de esta historia es que.. “con la Iglesia hemos topado”.
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